Mediante la Disposición 1966/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la publicidad, la comercialización y la distribución de al menos 20 productos para el pelo en todo el país, entre los que se encuentran protectores térmicos, alisado y acelerador de crecimiento..